El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, DOGC núm. 5581 - 05/03/2010, publica la Orden IUE/120/2010, de 24 de febrero del DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA de la Generalitat de Catalunya sobre la convocatoria para conceder subvenciones en el ámbito del Plan de desarrollo turístico.
El Estatuto de Autonomía de Cataluña, en el artículo 171.f), en relación con el 114, señala que corresponde a la Generalidad de Cataluña, a través de sus órganos competentes, la fijación de los criterios, la regulación de las condiciones y la ejecución y el control de las líneas públicas de apoyo y de promoción del turismo.
El Plan estratégico del turismo en Cataluña de 2005-2010 tiene como objetivo convertir Cataluña en destino líder y referente mundial del sector turístico. Propone al conjunto de los agentes y operadores del mercado un modelo turístico competitivo, sostenible y de calidad a partir del equilibrio territorial, la identidad cultural, la diversificación de la oferta, la orientación a la demanda, la desestacionalización y la innovación de producto, para hacer del turismo una actividad generadora de riqueza y de empleo al servicio de la ciudadanía que respete el patrimonio histórico, arquitectónico, cultural y paisajístico del país.
El Plan de desarrollo turístico (Pladetur) del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa es una herramienta al servicio de los agentes turísticos que desarrolla una parte de las líneas de actuación que define el Plan estratégico del turismo en Cataluña de 2005-2010.
El Pladetur es un instrumento concebido para contribuir a alcanzar los objetivos que fija el Plan estratégico del turismo en Cataluña de 2005-2010 mediante la potenciación del sector turístico, la mejora del atractivo de los destinos catalanas, la creación de nuevos productos turísticos, el impulso de la iniciativa privada, así como el fomento de la desestacionalización, la diversificación de la oferta y la calidad. En este sentido, el Pladetur pone al servicio de los diferentes agentes públicos y privados del sector turístico catalán un conjunto de programas de subvenciones individuales y colectivos para favorecer que las empresas y los destinos turísticos catalanes mejoren su competitividad.
En el capítulo 2.2.3 se publican las actuaciones subvencionables. Entre otras:
j) En establecimientos de camping, la creación de espacios específicos para estacionamiento y estancia de autocaravanas.
En el capítulo 2.2.4 referente a la cuantía de las subvenciones:
e) En establecimientos de camping, 20.000 euros / proyecto de creación y mejora de las infraestructuras, instalaciones y espacios previstos en el punto 2.2.3.) o proyectos de creación de espacios específicos para estacionamiento y estancia de autocaravanas.
En el capítulo 2.2.5.1 referente a la inversión mínima por estos conceptos es la que sigue:
e) En establecimientos de camping, 15.000 euros / proyecto de creación de espacios específicos para estacionamiento y estancia de autocaravanas.
En el capítulo 2.6.3.3 se dice que más concretamente, se toman en consideración proyectos cuyo objeto sea:
g) Creación de áreas de estacionamiento para autocaravanas.
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