martes, 23 de noviembre de 2010

Nueva ley de alojamientos turísticos en Cataluña

La prensa de Catalunya informa hoy sobre la nueva ley de alojamientos turísticos.

El nuevo Decreto
incorpora novedades también para los "espacios" (supongo que debe de referirse a las áreas) de las autocaravanas, que deberán tener toma de agua y electricidad, cambio de aguas grises y un servicio de control para que las estancias de los vehículos no superen las 48 horas.



Aqui hay la prensa donde sale reerenciada la notícia:

NORMATIVA DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS-Turisme flexibiliza las categorías de los hoteles - El Periodico de Catalunya - Economía - (23-11-2010 7:12)

NORMATIVA D`ALLOTJAMENTS TURÍSTICS-Turisme flexibilitza les categories dels hotels - El Periodico de Catalunya - Economía - (23-11-2010 7:17)

Turisme ?exibiliza las categorías de los hoteles - El Periodico (Ed. Impresa) - Medio en PDF - (23-11-2010 7:17)

La ley catalana de alojamientos turísticos primará calidad a metros cuadrados - La Vanguardia Ed. Digital - Portada - (23-11-2010 8:55)

La nueva ley catalana de alojamientos turísticos primará calidad a metros cuadrados - Finanzas - Últimas Noticias - (23-11-2010 10:43)

La nueva ley de alojamientos turísticos en Cataluña prima la calidad de los hoteles a los metros cuadrados - Diario Directo - Turismo - (23-11-2010 11:11)

La Disposición adicional tercera dice:

Las caravanas fijadas a su vehículo tractor y las autocaravanas, no pueden pernoctar fuera de los lugares que los ayuntamientos habiliten de forma expresa. En cualquier caso, la estancia no puede ser superior a 48 horas, ni seguida en intervalos inferiores a 24 horas desde la salida del vehículo del área de estacionamiento o recinto habilitado al efecto. En estos recintos no se pueden prestar servicios turísticos. Los únicos servicios admitidos son las instalaciones de toma de agua y luz, desagüe de aguas grises y negras y el servicio de control.

Tipo de Archivo: pdf proj-decret-establiments-allotjament-turistic_editora_10_532_2.pdf (155,6 KB (Kilobytes) 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Advertencia:

Este sitio es un blog privado no un foro público. El Pulpo Justiciero no se responsabiliza ni comparte necesariamente las ideas o manifestaciones depositadas en las opiniones por sus lectores. La discrepancia y la disparidad de puntos de vista serán siempre bienvenidos mientras no ataquen, amenacen o insulten a una persona, empresa, institución o colectivo, revelen información privada de los mismos, incluyan publicidad comercial o autopromoción y contengan obscenidades u otros contenidos de mal gusto.


El Pulpo Justiciero se reserva el derecho a decidir las noticias que admiten comentarios de los lectores y si estos son publicados por su contenido. No se publicaran los comentarios que no vayan firmados o que el administrador del blog no identifique correctamente al autor.