Algunos autocaravanistas haciendo uso de sus derechos como ciudadanos españoles han formulado una queja al Defensor de Pueblo en disconformidad con el Artículo 3 del Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo del Principado de Asturias que define la Acampada Libre como la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles, con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados.Ahora se estan recibiendo las respuestas del Defensor del Pueblo y dicen que dan por finalizadas sus actuaciones al no apreciarse que haya ninguna irregularidad en la actuación de la Consejeria de Cultura y Turismo del Gobierno del Principado de Asturias.


Este comentario,no tiene nada que ver con el artículo precedente,sólo quiero dar la enhorabuena a Damià,por esta peasso de página que se ha currao!!
ResponderEliminar¡¡Qué orgullo ser tu amigo,nen!!
Un abrazo...pero de los fuertes,fuertes.